viernes, 12 de agosto de 2022

CALENTAMIENTO GLOBAL

 CALENTAMIENTO GLOBAL 

El cambio climático se refiere a los cambios a largo plazo de las temperaturas y los patrones climáticos. Estos cambios pueden ser naturales, por ejemplo, a través de las variaciones del ciclo solar. Pero desde el siglo XIX, las actividades humanas han sido el principal motor del cambio climático, debido principalmente a la quema de combustibles fósiles como el carbón, el petróleo y el gas.

La quema de combustibles fósiles genera emisiones de gases de efecto invernadero que actúan como una manta que envuelve a la Tierra, atrapando el calor del sol y elevando las temperaturas.



Algunos ejemplos de emisiones de gases de efecto invernadero que provocan el cambio climático son el dióxido de carbono y el metano. Estos proceden del uso de la gasolina para conducir un coche o del carbón para calentar un edificio, por ejemplo. El desmonte de tierras y bosques también puede liberar dióxido de carbono. Los vertederos de basura son una fuente importante de emisiones de metano. La energía, la industria, el transporte, los edificios, la agricultura y el uso del suelo se encuentran entre los principales emisores.



Efecto Invernadero

Como mencionamos anteriormente el Efecto Invernadero se refiere a un mecanismo por medio del cual la atmósfera de la Tierra se calienta; para poder profundizar en él necesitamos entender que es y como está organizada la atmósfera.



La atmósfera terrestre es una delgada capa de gases que rodea a nuestro planeta, para darnos una idea de las escalas, la atmósfera equivale a envolver con papel aluminio un balón de futbol, el balón representando la Tierra, el grosor del papel aluminio al de la atmósfera. Esta delgada capa de gases que rodea al planeta, es muy importante dado que en ella residen los gases que son fundamentales para el desarrollo de la mayor parte de la vida en el planeta, además de que la atmósfera representa un medio importante en el que reside una buena parte de la vida de la Tierra.



La composición química de la atmósfera son que gases la forman y en que proporciones incluye mayoritariamente a solo dos gases, Nitrógeno (N), en un 79% y Oxígeno (O2) en un 20%. El 1% restante está formado por diversos gases entre los que los más abundantes son el Argón (Ar) en un 0.9% y el dióxido de carbono (CO2) en aproximadamente un 0.03%. Este último gas, presente en proporciones tan bajas, es de crucial importancia en el proceso de calentamiento de la atmósfera, como lo veremos a continuación.



Causas y consecuencias

Se ha estimado que la temperatura superficial global promedio se incrementará de 1,4 a 5,8 °C de 1990 a 2100, con una media de 0,6°C por década. La temperatura de los océanos y mares provocará que el nivel de los mares se incremente de 0,09 m a 0,88 m en el mismo periodo. La década de los años ochenta ha sido la más calurosa desde que se empezaron a tomar mediciones globales de la temperatura y los científicos están de acuerdo que, para el año 2020, la temperatura habrá aumentado en 1,8ºC (incluso 4ºC)

Una de las principales causas del cambio climático es el incremento de Gases de Efecto Invernadero (GEI) generado por actividades humanas, como: la quema de combustibles fósiles, la deforestación, el cambio de uso del suelo, granjas pecuarias, pozos petroleros, etc. Los GEI atrapan la radiación solar de onda larga causando un efecto de calentamiento gradual alrededor de la Tierra, una vez que éstos llegan a la atmósfera no desaparecen, permaneciendo allí durante décadas

 La disolución en el océano.- el agua, sobretodo el agua fría (cerca de los polos), puede disolver grandes cantidades de CO2 que cuando el agua se calienta por la circulación oceánica (cuando llega cerca del Ecuador) son devueltas de nuevo a la atmósfera, estando casi en un balance perfecto. Sin embargo, parte del CO2 que se disuelve en el océano queda “atrapado” en los sedimentos y rocas del fondo del mar, donde se deposita como carbonatos. Eventualmente (después de miles o millones de años), estas rocas carbonatadas son fundidas cuando ingresan a capas más profundas de la Tierra a través de procesos geológicos como la subducción, y al fundirse liberan CO2 que es “expulsado” por las ventilas volcánicas. Todo este ciclo está en un balance muy delicado, controlado por la temperatura del agua del océano y por la intensidad de la actividad geológica. Lo preocupante aquí es que, al incrementarse la temperatura global, que también afecta al agua del mar, la capacidad del océano de disolver CO2 disminuye y eventualmente el océano pueda pasar de ser una trampa de CO2 a ser una fuente de CO2.



La actividad biológica. - la fotosíntesis es un proceso que fija el CO2 en el tejido vivo (primero de plantas y luego de animales). La cantidad de CO2 fijada en tejido vivo (o biomasa) es normalmente devuelta a la atmósfera por medio de la respiración de los organismos, sin embargo, con frecuencia la fotosíntesis excede por poco a la respiración, con lo cual los seres vivos funcionan como un depósito de carbono que secuestra CO2 de la atmósfera y lo guarda en la biomasa, la que se concentra principalmente en los bosques y selvas. La biomasa al morir puede ser almacenada en los suelos o sedimentos y eventualmente sepultada, de manera que la biomasa antigua puede transformarse en carbón o petróleo. Lo preocupante aquí es que al talar los bosques grandes cantidades de biomasa son quemadas y con ello el CO2 que estaba en los árboles es rápidamente regresado a la atmósfera, con lo que la biosfera puede pasar, de ser un depósito, a ser una fuente de CO2 si no se controla la deforestación. Por otro lado, el CO2 que fue secuestrado durante millones de años, como es el caso del carbón o el petróleo, es ahora regresado a la atmósfera de manera rápida en unas pocas décadas, incrementando sustancialmente los niveles de CO2 en atmósfera. Estas dos fuentes (tala de bosques y quema de combustibles fósiles) son las principales contribuciones antrópicas al calentamiento global y juntas, aportan a la atmósfera unos 7,500 millones de toneladas de carbono al año contra los aproximadamente 100 millones de toneladas al año atribuibles a las fuentes naturales (como el vulcanismo).

 


 Los efectos del Calentamiento Global ya se han sentido en nuestro planeta, quizás uno de los más claros es que los glaciares se derriten, tanto los de las montañas como los que forman los casquetes polares (Ártico y Antártico). Una consecuencia directa de esto es que, al haber menos agua en forma de hielo en el planeta, la tendencia hacia un aumento en el nivel del mar es lenta pero segura, con lo que las ciudades costeras se encuentran en riesgo cada vez más grande de inundaciones.


DANIELA MARTINEZ 

Referencias

GULIZIA, C. Z. (s.f.). IDEAS PREVIAS EN EL APRENDIZAJE DEL EFECTO INVERNADERO. CALENTAMIENTO GLOBAL . Universidad de Buenos Aires, BUENOS AIRES .

Margarita Caballero, S. L. (s.f.). Efecto invernadero, calentamiento global . una perspectiva desde las ciencias de la tierra . Universidad Nacional Autónoma de México, México .

Tandazo, N. L. (s.f.). Ecologia forestal. Trayectoria Académica de la Carrera de Ingeniería Forestal. Universidad Nacional de Loja , Loja.

 

 

 

DERECHOS DE LA NATURALEZA

 

Derechos de la naturaleza

El camino hacia su reconocimiento y consolidación inició con la Carta de la Naturaleza de las Naciones Unidas de 1982, la cual estableció que la especie humana es parte de la naturaleza y la vida depende del funcionamiento ininterrumpido de los sistemas naturales; señala además que toda forma de vida es única y merece ser respetada, cualquiera sea su utilidad para el ser humano.

La Constitución de Ecuador del 2008 es la primera a nivel global en reconocer de forma expresa a la naturaleza como sujeto de derechos, admitiendo su valor intrínseco independientemente de su utilidad. El capítulo séptimo, denominado “Derechos de la naturaleza” contempla los siguientes: derecho a la conservación integral; derecho a la restauración; precaución de extinción de especies y no introducción de organismos genéticamente modificados; y no apropiación de servicios ambientales (Peña, 2017).

Nuestra actual Constitución, reconoce plenamente a la naturaleza como titular de derecho, tanto así, que en su Art. 71, manifiesta que “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos Esto debido a que el medio ambiente, se ha convertido en un bien jurídico digno de respuesta penal, tanto así que la Constitución del Ecuador, reconoce por primera vez el derecho de la naturaleza como un derecho autónomo del ser humano.

Partiendo de esta concepción establecida, en nuestra norma Constitucional, es necesario referirnos a la relación existente entre la teoría del derecho y el derecho a la naturaleza en concatenación con la protección que el Estado nos brinda. (Aguiar, 2018).

Para lo cual, el doctor Ramiro Ávila Santamaría, manifiesta que tanto “el desarrollo evolutivo de los derechos como el reconocimiento de la titularidad de los derechos de la naturaleza es una etapa inevitable”, haciendo alusión dentro de su ensayo “Los derechos de la naturaleza fundamentos”, la determinación de ciertos elementos como son:

La Dignidad

Analizada desde el imperativo categórico de Kant, en donde se distinguen dos tipos de leyes; Las leyes de la naturaleza, de las que los seres humanos no tienen control alguno, y las leyes que regulan las relaciones entre los seres humanos.

Considerando que la naturaleza y el ser humano siempre serán un medio, que necesitan el uno del otro para vivir, en consecuencia, se deben tratar con dignidad. (Aguiar, 2018)

El derecho subjetivo

Según Ferrador “es una condición prevista por una norma jurídica positiva que sirve de presupuesto para ser titular de situaciones o autor de actos.”. Esta teoría del derecho se aplica tanto en las relaciones horizontales entre particulares, y las verticales entre particulares y Estado. Consistiendo básicamente en la protección de los seres humanos y de la naturaleza, como sujetos protegidos dentro de un estado constitucional. (Aguiar, 2018)

La capacidad

Vinculada con la libertad, y el concepto de titularidad de derechos para vender, obrar, contratar, decidir, ejercer funciones y contraer obligaciones. Entendida como una categoría jurídica convencional, que depende de decisiones y evoluciona en el tiempo, concediendo el derecho de representación.

La igualdad

Consistente en tratar igual a lo que tiene características iguales y diferentes, a lo que es diferente, que consiste básicamente en respetar la diferencia cuando la igualdad se caracteriza, o la distinción subordinada. Entendida como un contrato que incluye la participación con representación de seres no humanos como la naturaleza. (Aguiar, 2018)

Entendido breve mente, estos elementos necesarios, dentro del desarrollo de los derechos de la naturaleza, cabe mencionar, que el Doctor. Eugenio Raúl Zaffaroni, en su ensayo “La naturaleza como persona: Pacha mama y Gaia”, manifiesta una esquematizan sumamente interesante, en relación al desarrollo de la naturaleza como persona abordando una serie de temáticas, dentro de las cuales, se considera de mayor importancia las siguientes:

El humano y su entorno como problema filosófico, ético y jurídico:

Dentro de este tema, el maestro Zaffaroni, aborda la relación del humano con su medio y en especial con las formas de vida no humanas, en donde el humano tuvo una relación ambivalente frente al animal, dado que se quiso diferenciar de este, e identificarse con Dios, Tanto así, que los fisonomistas, clasificaron jerárquicamente a los humanos, luego pasó por la frenología de Gall, para dar finalmente lugar a la criminología de Lumbroso, misma que se fundamentó en jerarquizares racistas, asociando lo feo y lo malo.

En donde, se puede llegar a determinar posteriormente con Bentham, cuando él manifestaba que los animales lleguen a ser considerados como sujetos de derechos, en tanto que, para el spencerismo, no podían ser titulares de derechos los animales.

El maestro Zaffaroni concluye, que en “el derecho penal la cuestión de personalidad animal se planteó especialmente en torno a la tipificación del delito de maltrato de animales.

Que, si lo interpolamos dentro de nuestro ordenamiento jurídico, podríamos decir, que el Art. 249 del Código Orgánico Integral Penal, se reconoce como contravención de maltrato y muerte de mascotas o animales de compañía es decir se la reconoce como contravención más no como delito. Ya, que, para ser considerado como delito, debía existir una violación clara a los siguientes parámetros:

El bien jurídico, sería la moral pública o las buenas costumbres, con el inconveniente de que se dejarían atípicos los actos de crueldad realizados en privado.

Es un interés moral de la comunidad, que se convertiría en un tipo de sospecha, porque en realidad no lesiona ningún bien jurídico, sino que se crea la sospecha de que puede lesionar.

Se trata de una lesión al medio ambiente, en donde no resulta fácil considerar a la fauna urbana como parte del medio ambiente. (Aguiar, 2018).

El animal como persona

Según el maestro Zaffaroni “el bien jurídico en el delito de maltrato de animales no es otro que la salud y el bienestar del propio animal, para lo cual es menester reconocerle el carácter de sujeto de derechos.

Es decir, lo que se está realizando, según esta conceptualización del bien jurídico, es determinar, que los animales tengan un lugar intermedio entre los seres humanos y las cosas, entendiéndose que son entes capaces de sufrir y de sentir.

Es por ello, que cuando se plantea el ejemplo del puma que está deambulando por la vía pública, y que lo correcto sería llevarlo a un zoológico, y no matarlo, es la comparación con el oligofrénico, que se lo interna pese a ser una persona incapaz, es decir nunca se le desconocen sus derechos. (Aguiar, 2018).

Entra el juego la cuestión ecológica

Se hace referencia al aparecimiento del ambientalismo jurídico, que dio lugar al desarrollo del derecho ambiental, y al derecho penal, como tutela penal del medio ambiente, en donde básicamente lo que se busca es garantizar el pleno reconocimiento al medio ambiente de sus derechos de protección, pese a que son entes no humanos.

La hipótesis Gaia y el paso de Gaia a la ética:

James Lovelock, planteó la hipótesis Gaia, en donde se concibe al planeta como un ente viviente, no en el sentido de un organismo o un animal, sino en el de un sistema que se autorregula.

Es decir, se entiende que al ser nosotros parte de esa vida en el planeta, nos incumbe contribuir a su auto regulación y no perturbar sus finos equilibrios y reequilibrios.

Mientras que la ética hacia Gaia, nos denota la importancia de reconocer los derechos de todos los otros entes que comparten con nosotros la tierra y reconocerle el derecho a la existencia y al desarrollo pacífico de sus vidas. (Aguiar, 2018).

El pasó al derecho en el constitucionalismo andino: la Pachamama y el sumak kawsay.

Dentro de este tema, me he permitido, referirme específicamente a lo concerniente a la Constitución de la República del Ecuador, que según menciona Zaffaroni, esta parte del reconocimiento de los derechos de la naturaleza desde su preámbulo, cuando dice: Celebrando a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia y después señala que Decidimos construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay.

Y posteriormente a ello, en el Art. 71 manifiesta:

“La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. (Aguiar, 2018).

El capítulo séptimo de la Constitución, denominado “Derechos de la Naturaleza”, que se encuentra dentro del Título II designado “Derechos del Buen Vivir”, 

Establece los Derechos de la Naturaleza en la siguiente forma:

Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. (ECHEVERRÍA, s.f.).

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. (ECUADOR, 2008)

 

Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.

Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.

Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir.

Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.

 

 

Referencias

Aguiar, J. S. (7 de Marzo de 2018). derechoecuador. Obtenido de derechos de la naturaleza : https://derechoecuador.com/derechos-de-la-naturaleza/

ECHEVERRÍA, H. (s.f.). derechosdelanaturaleza.org.ec. Obtenido de Derechos de la naturaleza : https://www.derechosdelanaturaleza.org.ec/base-legal-para-ddn-en-ecuador/

Peña, M. (21 de Noviembre de 2017). derecho.ucr.ac.cr. Obtenido de Derechos de la naturaleza : https://derecho.ucr.ac.cr/Posgrado/derecho-ambiental/derechos-humanos-ambientales-y-derechos-a-la-naturaleza/

martes, 9 de agosto de 2022

BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR

 BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR 


La diversidad biológica o biodiversidad es la diversidad del mundo viviente,  incluye los ecosistemas de una región o un país y la totalidad de especies y genes contenidos en ellas. En la Estrategia Global para la Biodiversidad formulada por UICN, PNUMA y WRI se define a la biodiversidad  como la totalidad de la vida en todas sus formas, niveles y combinaciones. Según la Convención sobre la Diversidad Biológica, que fuera aprobado en la Cumbre de la Tierra en 1992, la biodiversidad es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluido los ecosistemas terrestres, marinos y de agua dulce, y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y los ecosistemas La diversidad genética es la variación de los genes dentro de una especie, se aplica a las  especies silvestres y domésticas. La diversidad de especies  es la riqueza de especies existentes en una región; se mide por el número de especies y su diversidad taxonómica. En tanto que la diversidad ecosistemita es la diversidad de los sistemas ecológicos de un país o una región. Los ecosistemas son unidades naturales constituidas por las comunidades bióticas y los componentes abióticos interrelacionados e interdependientes. Son la unidad de estructura y funcionamiento de la naturaleza  La biodiversidad varía en cada continente y en cada región biogeográfica de la Tierra de acuerdo a la latitud: es mayor en la zona ecuatorial y disminuye progresivamente hacia a los polos. (Baez, 2019)


Ecuador forma parte de la lista de países que albergan más de las dos terceras partes de la biodiversidad del mundo (países mega diversos),​ siendo este el más pequeño en cuanto a superficie de todos ellos, convirtiéndose en el país con mayor cantidad de especies por kilómetro cuadrado .​ Forma parte de dos puntos calientes u hotspots de biodiversidad: Tumbes- Chocó- Magdalena y Andes tropicales.​ Ecuador es un punto caliente de biodiversidad para los vertebrados endémicos, especialmente para los anfibios (aproximadamente el 45% de las especies locales) y los reptiles, así como para las especies de plantas vasculares endémicas (aproximadamente el 26%) La biodiversidad del Ecuador se debe a fenómenos geográficos y climáticos que han incitado la presencia de una gran variedad de especies. 




Según el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) de Ecuador, el país que ocupa el octavo lugar a nivel mundial en biodiversidad total, posee el 18 % del total de aves reconocidas mundialmente (al menos 1.610 especies, ocupando el 4to lugar mundial, de las cuales 133 son colibríes, ocupando el 2o lugar mundial para este grupo), 7% de anfibios y de mamíferos del mundo. Tiene identificado alrededor de 45 tipos de vegetación, alrededor de 18.198 especies de plantas vasculares, de las cuales unas 4.500 son endémicas. Entre las plantas vasculares se registran unas 4.000 especies de orquídeas, de las cuales 1.714 especies son endémicas al país, lo que posiciona a Ecuador como el país más diverso en orquídeas en el mundo (Proyectos Wikimedia, 2022)


IMPORTANCIA DELA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR



1. La biodiversidad es esencial para la vida y los seres humanos dependen de ella.

2. Nosotros utilizamos elementos de la biodiversidad en nuestra vida diaria para la alimentación, medicina y construcción, entre otros.

3. También nos presta importantes servicios ambientales como la captura de CO2, el control de la erosión, la regulación hídrica, y el turismo.4. No menos relevante es su importancia cultural y estética para pueblos alrededor del mundo.

5. La diversidad biológica de Colombia tiene un gran potencial económico que puede ser desarrollado de manera sostenible contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los habitantes.

6. No sólo es vital para la estabilidad de los ecosistemas mundiales, es vital para nosotros.

7. Hay que aclarar que la biodiversidad es la responsable de la mayoría de nuestros alimentos, y de la mayoría de las cosas que nos rodean en nuestro hogar y en cualquier ámbito en el que nos movamos.


8. El valor esencial y fundamental de la biodiversidad reside en que es resultado de un proceso histórico natural de gran antigüedad.

9. Por esta sola razón, la diversidad biológica tiene el inalienable derecho de continuar su existencia.

10. El hombre y su cultura, como producto y parte de esta diversidad, debe velar por protegerla y respetarla.

11. Además la biodiversidad es garante de bienestar y equilibrio en la biosfera. (BLOG , 2017)


Diaz Damarys 

Bibliografía

Baez, O. (2019). La biodiversidad: clave del desarrollo sustentable del Ecuador. RUPTURAS REVISTA DE OPINIONES Y ANALISIS, https://revistarupturas.com/la-biodiversidad-clave-del-desarrollo-sustentable-del-ecuador/.

BLOG . (25 de ENERO de 2017). Obtenido de BLOG: http://faunadelecuadorecourismo.blogspot.com/2015/01/importancia-de-la-biodiversidad-la.html

Proyectos Wikimedia. (27 de ABRIL de 2022). Obtenido de Proyectos Wikimedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Biodiversidad_de_Ecuador

 



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